Sala Constitucional refuerza uso de oralidad en procesos

 Sentencia resalta que el uso de las grabaciones y DVD que respaldan la oralidad de las audiencias judiciales, permiten al órgano jurisdiccional ocuparse de la audiencia y las resoluciones que dicta verbalmente, más que de su respaldo escrito.

 

La utilización de la oralidad en las audiencias judiciales como alternativa tecnológica para hacer más eficiente la administración de justicia recibió el respaldo de la Sala Constitucional,  en una de sus sentencias dada el pasado 12 de diciembre del 2007.

De acuerdo con los argumentos que señala la Sala en su sentencia 07-015925-0007-CO, resalta que “la oralidad en los procesos, ante la irrupción de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación se ve, aún más, potenciada y reforzada, puesto que, basta con levantar un acta lacónica que indique, grosso modo, las vicisitudes de la audiencia , dado que, es grabada y respaldada en un DVD, del cual puedan las partes solicitar copia para ejercer el derecho de defensa”.

El Recurso de Habeas Corpus , declarado sin lugar, lo presentó el representante legal de un hombre de apellidos Rodríguez Rodríguez, en contra del Juzgado Penal y del Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José, luego de que el 29 de octubre el Juzgado Penal de San José dictó un año de prisión preventiva en su contra por cuatro delitos de estafa. Esto motivó un recurso de apelación.  El Tribunal de Juicio Penal de San José conoció la apelación en una audiencia oral y privada, en la que se declaró sin lugar el recurso de apelación y se rebajó la prisión preventiva a cuatro meses.

En el recurso de Habeas Corpus, Rodríguez Rodríguez alegó que las resoluciones tanto del Juzgado como del Tribunal, donde dictaron la prisión preventiva en su contra, carecían de la debida fundamentación.  A la Sala Constitucional se le aportaron los DVD de la audiencia oral y privada.

La Sala Constitucional en su fallo resalta la utilización de estas herramientas, al resguardar el uso de las grabaciones, respaldadas en DVD de los procesos orales y determinó que “cualquier instancia que deba verificar la motivación o fundamentación de las resoluciones orales adoptadas, también puede acudir a estos medios.  Estas nuevas herramientas tecnológicas le permiten al órgano jurisdiccional ocuparse de la audiencia y las resoluciones que dicte verbalmente, más que de su respaldo escrito”.

 

Departamento de Prensa y Comunicación

Poder Judicial

6 de febrero, 2008